
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recuerda a los partidos políticos que, de conformidad con el artículo 34º de la Ley de Partidos Políticos y el artículo 67º del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, deben presentar la información financiera anual en el plazo de seis meses contados a partir del cierre del ejercicio.Seguir Leyendo


























