Proponen sanciones de 72 mil soles para organizaciones políticas que no informen financiamiento
01-Dec.-La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) propone una sanción de veinte (20) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) -equivalente a 72 mil nuevos soles- para
aquellas organizaciones políticas que no presenten oportunamente su información financiera.
El organismo electoral plantea la aplicación de dicha multa cuando los partidos políticos no presenten su información financiera anual o semestral dentro de los
treinta (30) días posteriores al vencimiento del plazo previsto en la ley.
Así, también, serían sancionados los partidos políticos, alianzas electorales, movimientos o alianzas regionales que no presenten su información financiera de campaña
electoral dentro de los treinta (30) días posteriores al vencimiento del plazo otorgado, y los partidos políticos o alianzas electorales que hagan uso indebido de los
ingresos percibidos a través del financiamiento público directo.
"Los partidos políticos, movimientos o alianzas electorales sancionados que no hayan cancelado la multa impuesta, no podrán acceder a financiamiento público" (proyecto
de ley, artículo 55, punto 2).
Otra de las propuestas de la ONPE es la aplicación de multas equivalentes a diez (10) UIT -36 mil nuevos soles-, cuando las aportaciones recibidas o los gastos
efectuados se realicen a través de una persona distinta al tesorero de la organización política y cuando omitan información sobre las cuentas abiertas en el sistema
financiero.
Esta sanción también regirá cuando la organización política reciba aportes iguales o superiores a una UIT a través de una entidad o persona ajena al sistema
financiero, y cuando los aportes en especies realizados a la organización política no consten en un documento legalizado que permita identificar al aportante, así como
la fecha de entrega del bien, el valor a precio de mercado del bien u objeto de la prestación, de ser el caso.
"Los candidatos que reciban aportes sin la participación de su organización política o que no informen a esta de los gastos que hayan efectuado, no podrán participar
en los sucesivos procesos electorales por ninguna organización política, durante el período de cinco (5) años" (proyecto de ley, artículo 57).
Como se recuerda, la Ley de Partidos Políticos no establece sanciones efectivas que se puedan aplicar ante el incumplimiento de lo dispuesto por esta Ley.
Esta propuesta forma parte del proyecto de ley presentado por la ONPE al Congreso de la República el 9 de noviembre de 2011, el cual contiene modificaciones a la Ley
de Partidos Políticos.
El proyecto puede descargarse en el siguiente enlace: http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/CLProLey2011.nsf
Fuente:ONPE



















