JNE reduce exigencias en publicación de ficha técnica de encuestas
18-Jul.-
Las ediciones impresas de medios de comunicación deben precisar el portal o página web donde aparecerá la información completa
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) flexibilizó las exigencias que deben cumplir los medios de comunicación impresos al momento de publicar la
ficha técnica de las encuestas o sondeos de opinión.
La medida permite reducir drásticamente los espacios que los diarios, periódicos y revistas destinaban a este requerimiento dispuesto por ley.
La resolución N° 0628-2011-JNE del mencionado órgano electoral señala que en las ediciones impresas sólo será obligatorio cumplir con los literales 1, 3, 7,
8, 9, 10, 12, 13, 14 y 15 del artículo 11 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras.
Los mismos se refieren al nombre de la encuestadora, persona o entidad que contrató la encuesta, sistema de muestreo, tamaño de muestra, margen de error y
nivel de representatividad.
También al nivel de confianza, fecha de trabajo de campo, detalle de todos los lugares donde se ejecutó la encuesta y el universo de la población encuestada.
La resolución del JNE indica que el medio de comunicación impreso deberá precisar el portal o página web donde aparecerá de manera integral la ficha técnica
de la encuesta difundida.
La medida tomada, se anota, permitirá a los medios disponer de un mayor espacio para hacer uso de sus libertades comunicativas.
Fuente:JNE



















