Presentan proyecto ley para que candidatos declaren procesos penales en trámite
09-May.-
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que la Ley de Partidos Políticos, en su artículo 23, solamente exige a cada candidato que incluya en su declaración jurada de vida información sobre la condena por delito doloso que hubiere quedado firme o definitiva.
De acuerdo con dicha legislación, el postulante también está obligado a incluir la relación de sentencias firmes, fundadas o infundadas en parte, respecto al incumplimiento de obligaciones familiares, alimentarias, contractuales y laborales.
Al respecto, el JNE precisa que el 11 de diciembre de 2009 presentó ante el Congreso de la República, un proyecto de ley para introducir mejoras en la información que se consigna en las hojas de vida. Entre otras cosas, plantea que se registren también los procesos penales que se tengan en trámite.
La propuesta del JNE señala, además, que se debe declarar sobre las sentencias condenatorias consentidas o ejecutoriadas, tanto del fuero común como del militar policial, aún cuando se hayan cumplido estas o se haya rehabilitado el candidato en cuestión.
Asimismo, plantea la modificación del artículo 70 del Código Penal para que producida la rehabilitación, solamente en el caso de asuntos electorales, el JNE pueda ser informado de los registros o anotaciones de cualquier clase relativas a la condena impuesta.
Con la incorporación de estos cambios, el JNE busca elevar el nivel de información de los ciudadanos respecto de los candidatos, con el objetivo de que puedan ejercer su derecho al sufragio de manera consciente.
Actualmente, dicho proyecto de ley se encuentra en las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Constitución del Congreso de la República.
Fuente:JNE



















