¿Soy MIEMBRO DE MESA?, ¿Puedo renunciar?, ¿Cuanto es la multa por no cumplir con el cargo?
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) habilita en su página web institucional la consulta para que los ciudadanos puedan conocer si resultaron
sorteados como miembros de mesa, titulares y suplentes.
Eres miembro de mesa?
SEGUNDA VUELTA ELECTORAL:
Para esta segunda elección presidencial, los miembros de mesa serán los mismos que fueron sorteados para la primera vuelta.
Haga clic:
AQUI y entérate si eres miembro de mesa.
También puede verificar si es miembro de mesa a traves de INFOGOB, para lo cual haga clic AQUI
He sido elegido miembro de mesa. ¿Dónde recojo mi credencial?
Los miembros de mesa deben presentarse a recoger su credencial en la Oficina
Descentralizada de Procesos Electorales – ODPE correspondiente al lugar donde
sufragan. Allí recibirán instrucciones sobre sus funciones y responsabilidades durante
la jornada electoral.
¿Cuándo voy a recibir la capacitación?
Los miembros de mesa deben participar en la jornada nacional de capacitación,
actividad que se desarrolla en los locales de votación más grandes del país, contando
para ello con material similar al día de la jornada y con el apoyo de los especialistas
de la ONPE.
Puedo renunciar?
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio
nacional, estar incurso en algunas de las incompatibilidades señaladas en el artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones o ser mayor de 70 años.
¿Qué debe hacer el ciudadano que no podrá asistir a cumplir con el cargo de miembro de mesa?
Debe presentar una excusa sólo por escrito, sustentada con prueba instrumental, hasta cinco días después de efectuada la publicación del nombre de los
miembros titulares y suplentes por parte de la ONPE.
En que casos puedo solicitar excusa al cargo de miembro de mesa?
Se puede presentar una excusa cuando un(a) ciudadano(a) que es sorteado(a) como miembro de mesa no puede cumplir con su deber por alguna razon especifica.Al
tramitar esta solicitud y de ser aceptada, el ciudadano no aparecera como omiso en el record de votacion si no asiste a cumplir con su deber de miembro de
mesa.
Las razones o causales para solicitar una excusa al cargo de miembro de mesa son:
| SITUACIONES POR LAS CUALES SE PUEDE SOLICITAR EXCUSA | FORMA DE ACREDITAR LA EXCUSA SEGUN LA SITUACION PRESENTADA |
| 1.- Ser candidato(a)o personero(a)de alguna organizacion politica inscrita en el registro pertinente | -Relación final de candidatos emitida por el JEE correspondiente. -Credencial de personero |
| 2.- Ser funcionario(a) o empleado(a) de alguno de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano. | - Copia de última boleta de pago, carné o credencial de la entidad. |
| 3.- Ser autoridad política | -Resolución de designación vigente |
| 4.- Ser miembro de los Concejos Municipales. | - Credencial de Alcalde o Regidor órgano electoral respectivo. |
| 5.- Ser ciudadano(a) integrante de los Comités Directivos de los partidos políticos, agrupaciones independientes o alianzas, inscritos en el Jurado Nacional de Elecciones. | -Acreditación otorgada por la organización Política. |
| 6.- Ser cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa. | -Documento Nacional de Identidad y partida de matrimonio o nacimiento. |
| 7.- Ser elector(a) temporalmente ausente de la Republica | -Relación remitida por la RENIEC |
| 8.- Por notorio o grave impedimento fisico o mental | -En caso de "noto impedimento" este sera constatado por la autoridad competente de resolver la peticion |
¿Dónde presento la solicitud, qué documentos debo adjuntar y Hasta cuándo?
Debe presentar la solicitud de excusa al cargo de miembro de mesa en la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), dirigida a el (la) Jefe(a) de la ODPE correspondiente, adjuntando la credencial de miembro de mesa y copia de su DNI, además de la documentación sustentatoria correspondiente. La solicitud se presenta de manera personal o a través de su representante (Carta poder simple).
Para conocer el directorio ODPE a nivel nacional haga clic en:DIRECTORIO ODPE
Puede presentar la excusa dentro de los cinco (5) días hábiles después de efectuada la publicación oficial de quienes han sido designados para ejercer el cargo de miembro de mesa de sufragio(Hasta el 2 de marzo de 2011).
¿Cuánto cuesta la solicitud de excusa al cargo de miembro de mesa?
El derecho al trámite es gratuito.
¿En qué caso puedo solicitar la justificación al cargo de miembro de mesa? y ¿Dónde presento esta justificación?
Solo en los casos de enfermedad se aplica la justificación al cargo de miembro de mesa.
La justificación se presenta en la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) que le corresponda. Se debe presentar una solicitud dirigida al Jefe(a) de la misma, adjuntando la credencial de miembro de mesa, el certificado expedido por el área de salud o por el médico de la localidad si no hubiera él área de salud y copia de su DNI.
La solicitud, debidamente documentada, se presenta de manera personal o a través de su representante (Carta poder simple).
¿Hasta cuándo puedo solicitar la justificación al cargo de miembro de mesa ante la ODPE?
La solicitud puede presentarse hasta cinco (5) días antes del día de la elección.
¿Qué puedo hacer si no presenté la solicitud de justificación ante la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) en estas fechas?
Después del 10 de abril, pasado el proceso electoral puede solicitar una justificación ante la sede central del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Unidad Regional de Enlace (URE) o Jurado Electoral Especial (JEE) según sea el caso.
Las solicitudes de justificación presentadas ante los JEE serán derivadas a las URE para el pronunciamiento correspondiente.
Según Resolución N° 2528-2010-JNE del 01 de Octubre.
¿En qué casos puedo presentar una solicitud de justificación de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio ante el JNE?
Los ciudadanos designados para ser miembros de la mesa de sufragio, sólo podrán justificar su inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en los siguientes casos:
• En caso de enfermedad debidamente acreditada, discapacidad o
• En caso de madres que se encuentran en periodo de lactancia, siempre que se acredite fehacientemente dicha circunstancia (Partida de nacimiento del niño(a) o DNI del menor y/o tarjeta de control del niño(a).
Mas información sobre solicitar una dispensa ante el JNE visite:Como obtener una dispensa?
¿Qué sucede si un miembro titular de la mesa de sufragio no acude o no cumple su función el día de las elecciones?
En primer lugar, el coordinador electoral del local dispone que lo reemplace el suplente, y, a falta de éste, es reemplazado por un elector que hace fila para votar en la misma mesa.
Todos los miembros, titulares y suplentes, tienen la obligación de estar presentes en la mesa de sufragios, a las 7.00 am. Si los titulares asumen la función, los suplentes votan y pueden retirarse, previa firma en el acta de instalación.
¿Cuánto es la multa por incumplir con el cargo?
Si no acuden a cumplir el cargo ni firman el acta, los miembros de mesa serán pasibles de multa por "inasistencia a la instalación de la mesa", inclusive los electores que se negaran a integrar la mesa cuando son requeridos por el coordinador. La multa equivale a 5% de la UIT, es decir, la suma de S/. 180.00 nuevos soles
¿Cuánto es la multa para los miembros de mesa de peruanos residentes en el extrangero?
Una multa de 64 dólares se impondrá a los peruanos en el extranjero que se nieguen a integrar las mesas de sufragio que se instalarán en sus países de residencia.
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